Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2025) 2679
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2025/0550/IT
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20252679.ES
1. MSG 001 IND 2025 0550 IT ES 01-10-2025 IT NOTIF
2. Italy
3A. Ministero delle Imprese e del Made in Italy
Dipartimento Mercato e Tutela
Direzione Generale Consumatori e Mercato
Divisione II. Normativa tecnica - Sicurezza e conformità dei prodotti, qualità prodotti e servizi
00187 Roma - Via Molise, 2
3B. Ministero delle Imprese e del Made in Italy
Ufficio Legislativo
4. 2025/0550/IT - V10T - Interfaces de radio
5. Modificación del artículo 98-vicies sexies del Código de las Comunicaciones Electrónicas, mencionado en el Decreto legislativo n.º 259 de 2003, sobre la interoperabilidad de los receptores de radio para automóviles, los receptores de radio de consumo y los equipos [...]
6. TELECOMUNICACIONES
7.
8. La disposición del proyecto notificado modifica el Código de Comunicaciones Electrónicas, previendo específicamente la modificación del artículo 98-vicies sexies del Decreto legislativo n.º 259 de 2003. Esta disposición se aplica a todos los dispositivos habilitados para la conexión a Internet y/o equipados con hardware capaz de reproducir contenidos de audio instalados en vehículos nuevos de las categorías M y N. Los vehículos de motor autorizados para el transporte de personas y mercancías, así como los cuatriciclos nuevos de las categorías L6 y L7 (cuatriciclos clasificados según su peso y potencia) que se comercializan para su venta o alquiler también deben ser capaces de recibir emisiones de radio. Esto permite a los usuarios recibir y reproducir los servicios de radio prestados a través de la radiodifusión terrestre analógica y digital DAB+.
Por lo tanto, esta disposición impone la obligación de equipar determinadas categorías de vehículos y/o cuatriciclos con dispositivos capaces de conectarse a Internet y adecuados para reproducir servicios de radio emitidos en frecuencias terrestres analógicas y digitales.
9. El reglamento tiene por objeto garantizar que los servicios de radiodifusión en frecuencias terrestres analógicas y digitales sean accesibles a todos los usuarios, independientemente del tipo de vehículo que utilicen. Es importante señalar que, en muchos casos, es imposible cumplir con este requisito. Esto se debe al hecho de que varios tipos de vehículos no están equipados con dispositivos capaces de recibir programas de radio emitidos en frecuencias terrestres analógicas o digitales.
De conformidad con la legislación vigente descrita en el artículo 98 vicies sexies del Decreto legislativo n.º 259/2003, por el que se aplica el artículo 113 de la Directiva (UE) 2018/1972, los receptores de radio para automóviles de consumo comercializados individualmente o como parte de un vehículo nuevo de las categorías M y N, cuando se pongan a la venta o en alquiler, deberán incluir un receptor capaz de recibir y reproducir, como mínimo, los servicios de radio prestados a través de la radiodifusión digital terrestre. Por lo tanto, la obligación de recibir y reproducir la radiodifusión DAB se limita a los vehículos nuevos que ya están equipados con un receptor de radio para automóviles (FM). Por consiguiente, los vehículos en los que no existe la radio tradicional para automóviles no entran formalmente en el ámbito de aplicación de la norma y, por lo tanto, no están sujetos a la obligación de instalar un receptor DAB+.
Según los datos publicados por AGCOM, ha habido un crecimiento significativo en la gama de programas disponibles en la tecnología DAB+ en Italia. En la actualidad, hay 50 canales nacionales disponibles a través de DAB+, lo que supone más del doble del número de canales disponibles en analógico (FM). El concesionario del servicio público de radio también destacó el valor de su oferta editorial de tecnología digital, compuesta por 12 programas nacionales, cuatro de los cuales son generalistas y ocho especializados.
Teniendo en cuenta los datos citados anteriormente, que ponen de manifiesto el gran interés que despierta la radio digital tanto entre los oyentes como entre los proveedores de contenidos, el crecimiento de la audiencia de DAB+ se ha visto frenado durante algún tiempo por la crisis del mercado automovilístico y los últimos avances tecnológicos en este sector. Estos avances corren el riesgo de limitar el sector de la radio digital en su palanca más decisiva para el desarrollo de la demanda, a saber, la escucha en los automóviles.
El automóvil es, de hecho, un entorno altamente competitivo para el infoentretenimiento, en el que no solo compiten los propietarios de contenidos, las emisoras de radio, los agregadores y las plataformas de emisión en continuo, sino también diferentes tecnologías de transmisión, como FM, DAB+ e IP.
Aunque los sistemas híbridos de audio para automóviles siguen siendo frecuentes, se ha informado de que algunos modelos recientes de automóviles, incluso de fabricantes conocidos, no incluyen como norma un sistema de radio para automóviles. En su lugar, ofrecen un sistema de infoentretenimiento integrado en el vehículo, conectado a través de Bluetooth a un teléfono inteligente. Este teléfono inteligente utiliza una conexión de banda ancha para la recepción de radio a través del protocolo IP.
Con el fin de promover el desarrollo del mercado de la radiodifusión digital respetando al mismo tiempo el principio de neutralidad tecnológica, los operadores del sector han destacado la necesidad de reforzar la legislación actual ampliando la obligación de equipar los receptores de radio digital a todos los vehículos equipados con dispositivos de recepción de contenidos de audio. Esto incluiría sistemas de infoentretenimiento para vehículos modernos conectados por banda ancha.
También es fundamental destacar que la radio del automóvil es el único dispositivo capaz de garantizar la continuidad de los servicios de información, incluso desde el punto de vista de la seguridad vial y la gestión de emergencias. Esto es esencial para facilitar el acceso a las frecuencias con las que los usuarios están familiarizados, lo que tiene importantes implicaciones para el correcto funcionamiento del mercado interior.
Por último, cabe señalar que la intervención reguladora cumple el principio de proporcionalidad, ya que no implica cargas excesivas [...].
10. Referencias de los textos de base: No existen textos de base.
11. No.
12.
13. No.
14. No
15. No
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS: No
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
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