Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2023) 2211
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2023/0460/RO
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20232211.ES
1. MSG 001 IND 2023 0460 RO ES 21-07-2023 RO NOTIF
2. Romania
3A. Ministerul Economiei,Antreprenoriatului șsi Turismului
Adresa: Calea Victoriei nr.152, Bucuresști, Sector 1
Email: reglementari_tehnice@economie.gov.ro
Tel: +40372492634
3B. Autoritatea Natțională pentru Protectția Consumatorilor
Bd.Aviatorilor, Bucuresti, sector 1
emal: secretariat.anpc@anpc.ro
4. 2023/0460/RO - SERV20 - Comercio electrónico
5. Orden sobre información a los consumidores por parte de los operadores económicos que operan en línea
6. Información sobre operadores económicos.
7.
8. Como resultado de las acciones de control, se detectaron ciertas prácticas de los operadores económicos que operan en el entorno en línea, al no mostrar en el sitio web los documentos de explotación de la actividad que llevan a cabo.
Los operadores económicos que operan en línea, a través de la prestación de servicios o la venta de productos exclusivamente a través de plataformas con acceso a internet, están obligados a mostrar los datos en los documentos de explotación, a fin de garantizar una información correcta, completa y exacta a los consumidores de que están operando legalmente.
Al evaluar los resultados de los controles efectuados con motivo de las acciones específicas, se constató que, en el caso de los operadores económicos que operan en línea, no se exhiben los permisos, las autorizaciones, los certificados o las licencias para las actividades realizadas, que también son elementos esenciales en la toma de decisiones por parte de los consumidores en la compra de productos y servicios seguros, con respecto los cuales están seguros que son comercializados por personas autorizadas en la realización de actividades de comercialización.
Así, la propuesta es que, el nombre de la unidad, el código de registro único en el registro mercantil, que muestre el objeto u objetos de actividad de la empresa para los que está autorizada a operar, los datos exactos de las autorizaciones/visados/certificados/licencias se mostrarán en el sitio web para la presentación de los productos/servicios, todos en el mismo campo de visión del consumidor, en la primera página de la presentación, de modo que la información sea fácilmente identificable y verificada, sin tener que buscarla.
Habida cuenta de la situación observada, es evidente que existen prácticas en el mercado que pretenden inducir al consumidor a tomar una decisión de compra dándole una perspectiva de datos incorrectos o incompletos sobre el funcionamiento de los operadores económicos. Por lo tanto, antes de tomar una decisión de transacción, el consumidor debe ser capaz de encontrar fácilmente toda la información preliminar que necesita.
Al presentar la información, los operadores económicos que operan en línea deben utilizar índices de referencia uniformes para garantizar a todos los consumidores el acceso a información sin obstáculos, independientemente de su capacidad media o avanzada para utilizar medios electrónicos.
También es necesario regular la obligación de los operadores económicos de exhibir, en la información de presentación, los datos de los documentos de aprobación/autorización en relación con la realización de la actividad de comercio en línea, mostrando visiblemente la fecha en que se obtuvo la autorización/dictamen y su período de validez.
Las obligaciones de exhibición antes mencionadas corresponden a obligaciones similares que los operadores económicos que realizan su actividad comercial en el entorno físico deben cumplir con respecto a la información correcta, completa y precisa a los consumidores.
La nueva regulación se justifica por el hecho de que actualmente el campo del comercio electrónico remoto está en auge, con el interés de los consumidores en este tipo de comercio que se acentúa aún más por la aparición y el desarrollo de nuevas tecnologías y modelos de negocio que responden a los patrones de consumo cambiantes en muchos sectores de la vida. La actividad y la promoción de estas tecnologías de interés para la comunidad y los consumidores también deben ser protegidas y fomentadas por las autoridades competentes en la vigilancia del mercado y la actividad de los comerciantes en línea.
La actualización de la obligación de información de los comerciantes en línea, con el fin de proteger los intereses de los consumidores y facilitar la actividad de supervisión y control llevada a cabo por la A.N.P.C. (Autoridad Nacional de Protección de los Consumidores), fue objeto de debates entre los representantes de los comerciantes, las plataformas que prestan servicios de intermediación en línea y la Autoridad.
En este contexto, teniendo en cuenta las obligaciones de supervisión y control de la A.N.P.C., así como las obligaciones de garantizar la correcta información de los consumidores, se consideró necesario implementar un marco regulador que, por un lado, aclararía y complementaría la obligación de informar a los comerciantes en línea y, por otro, establecería la obligación de las plataformas de intermediación en línea de proporcionar a los comerciantes la infraestructura necesaria para cumplir sus obligaciones de información.
En concreto, los comerciantes que operan en línea deben informar a los consumidores de su identidad, datos de contacto o autorizaciones sobre cuya base operan (para cada lugar de trabajo o local en el que operan, según proceda), siendo esta información esencial para los consumidores a la hora de decidir comerciar con el comerciante de que se trate.
Además, los comerciantes que venden productos o prestan servicios en línea deben estar obligados a poseer todos los documentos operativos para la actividad realizada, de acuerdo con la normativa vigente.
Por otra parte, los proveedores de plataformas en línea que permitan a los consumidores celebrar contratos a distancia con comerciantes deben diseñar y organizar su interfaz en línea de manera que los comerciantes puedan cumplir sus obligaciones de información anteriormente mencionadas. Estas obligaciones recaen sobre las plataformas en línea que prestan servicios de intermediación en línea, ya que facilitan las interacciones entre comerciantes y consumidores.
La exhaustividad y la conformidad de la información facilitada, es decir, las autorizaciones o los documentos de explotación exigidos a los comerciantes con arreglo a la normativa vigente para cada tipo de actividad realizada, serán verificables por los comerciantes, las autoridades competentes que supervisen el sector afectado y los consumidores.
Teniendo en cuenta las obligaciones de supervisión y control de la A.N.P.C., así como las obligaciones de garantizar la correcta información de los consumidores, consideramos que este acto normativo es necesario para proteger a los consumidores y permitirles realizar compras informadas.
9. Al evaluar los resultados de los controles efectuados con motivo de las acciones específicas, se constató que, en el caso de los operadores económicos que operan en línea, no se exhiben los permisos, las autorizaciones, los certificados o las licencias para las actividades realizadas, que también son elementos esenciales en la toma de decisiones por parte de los consumidores en la compra de productos y servicios seguros, con respecto los cuales están seguros que son comercializados por personas autorizadas en la realización de actividades de comercialización.
Así, la propuesta es que, el nombre de la unidad, el código de registro único en el registro mercantil, que muestre el objeto u objetos de actividad de la empresa para los que está autorizada a operar, los datos exactos de las autorizaciones/visados/certificados/licencias se mostrarán en el sitio web para la presentación de los productos/servicios, todos en el mismo campo de visión del consumidor, en la primera página de la presentación, de modo que la información sea fácilmente identificable y verificada, sin tener que buscarla.
Habida cuenta de la situación observada, es evidente que existen prácticas en el mercado que pretenden inducir al consumidor a tomar una decisión de compra dándole una perspectiva de datos incorrectos o incompletos sobre el funcionamiento de los operadores económicos. Por lo tanto, antes de tomar una decisión de transacción, el consumidor debe ser capaz de encontrar fácilmente toda la información preliminar que necesita.
Al presentar la información, los operadores económicos que operan en línea deben utilizar índices de referencia uniformes para garantizar a todos los consumidores el acceso a información sin obstáculos, independientemente de su capacidad media o avanzada para utilizar medios electrónicos.
También es necesario regular la obligación de los operadores económicos de exhibir, en la información de presentación, los datos de los documentos de aprobación/autorización en relación con la realización de la actividad de comercio en línea, mostrando visiblemente la fecha en que se obtuvo la autorización/dictamen y su período de validez.
Las obligaciones de exhibición antes mencionadas corresponden a obligaciones similares que los operadores económicos que realizan su actividad comercial en el entorno físico deben cumplir con respecto a la información correcta, completa y precisa a los consumidores.
La nueva regulación se justifica por el hecho de que actualmente el campo del comercio electrónico remoto está en auge, con el interés de los consumidores en este tipo de comercio que se acentúa aún más por la aparición y el desarrollo de nuevas tecnologías y modelos de negocio que responden a los patrones de consumo cambiantes en muchos sectores de la vida. La actividad y la promoción de estas tecnologías de interés para la comunidad y los consumidores también deben ser protegidas y fomentadas por las autoridades competentes en la vigilancia del mercado y la actividad de los comerciantes en línea.
La actualización de la obligación de información de los comerciantes en línea, con el fin de proteger los intereses de los consumidores y facilitar la actividad de supervisión y control llevada a cabo por la A.N.P.C. (Autoridad Nacional de Protección de los Consumidores), fue objeto de debates entre los representantes de los comerciantes, las plataformas que prestan servicios de intermediación en línea y la Autoridad.
En este contexto, teniendo en cuenta las obligaciones de supervisión y control de la A.N.P.C., así como las obligaciones de garantizar la correcta información de los consumidores, se consideró necesario implementar un marco regulador que, por un lado, aclararía y complementaría la obligación de informar a los comerciantes en línea y, por otro, establecería la obligación de las plataformas de intermediación en línea de proporcionar a los comerciantes la infraestructura necesaria para cumplir sus obligaciones de información.
En concreto, los comerciantes que operan en línea deben informar a los consumidores de su identidad, datos de contacto o autorizaciones sobre cuya base operan (para cada lugar de trabajo o local en el que operan, según proceda), siendo esta información esencial para los consumidores a la hora de decidir comerciar con el comerciante de que se trate.
Además, los comerciantes que venden productos o prestan servicios en línea deben estar obligados a poseer todos los documentos operativos para la actividad realizada, de acuerdo con la normativa vigente.
Por otra parte, los proveedores de plataformas en línea que permitan a los consumidores celebrar contratos a distancia con comerciantes deben diseñar y organizar su interfaz en línea de manera que los comerciantes puedan cumplir sus obligaciones de información anteriormente mencionadas. Estas obligaciones recaen sobre las plataformas en línea que prestan servicios de intermediación en línea, ya que facilitan las interacciones entre comerciantes y consumidores.
La exhaustividad y la conformidad de la información facilitada, es decir, las autorizaciones o los documentos de explotación exigidos a los comerciantes con arreglo a la normativa vigente para cada tipo de actividad realizada, serán verificables por los comerciantes, las autoridades competentes que supervisen el sector afectado y los consumidores.
Teniendo en cuenta las obligaciones de supervisión y control de la A.N.P.C., así como las obligaciones de garantizar la correcta información de los consumidores, consideramos que este acto normativo es necesario para proteger a los consumidores y permitirles realizar compras informadas.
10. Referencias a los textos de base: No existen textos de base.
11. No.
12.
13. No.
14. No
15. No
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS: No
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
email: grow-dir2015-1535-central@ec.europa.eu