Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2017) 02348
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación - Oznámení - Notifikation - Notifizierung - Teavitamine - Γνωστοποίηση - Notification - Notification - Notifica - Pieteikums - Pranešimas - Bejelentés - Notifika - Kennisgeving - Zawiadomienie - Notificação - Hlásenie-Obvestilo - Ilmoitus - Anmälan - Нотификация : 2017/0421/E - Notificare.
No abre el plazo - Nezahajuje odklady - Fristerne indledes ikke - Kein Fristbeginn - Viivituste perioodi ei avata - Καμμία έναρξη προθεσμίας - Does not open the delays - N'ouvre pas de délais - Non fa decorrere la mora - Neietekmē atlikšanu - Atidėjimai nepradedami - Nem nyitja meg a késéseket - Ma’ jiftaħx il-perijodi ta’ dawmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Neotvorí oneskorenia - Ne uvaja zamud - Määräaika ei ala tästä - Inleder ingen frist - Не се предвижда период на прекъсване - Nu deschide perioadele de stagnare - Nu deschide perioadele de stagnare.
(MSG: 201702348.ES)
1. MSG 001 IND 2017 0421 E ES 05-09-2017 E NOTIF
2. E
3A. Subdirección General de Asuntos Industriales, Energéticos, de Transportes y Comunicaciones, y de Medio Ambiente
Dirección General de Coordinación de Políticas Comunes y de Asuntos Generales de la Unión Europea
Secretaría de Estado para la Unión Europea
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
3B. Subdirección General de Control y de Laboratorios Alimentarios
Dirección General de la Industria Alimentaria
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Pº Infanta Isabel, 1
28071 Madrid
4. 2017/0421/E - C00A
5. Proyecto de Real Decreto relativo a la indicación del origen de la leche utilizada
como materia prima en el etiquetado de la leche y los productos lácteos
6. Leche y productos lácteos (información alimentaria)
7. - El proyecto ha sido notificado inicialmente a la Comisión y a los Estados miembros a través del procedimiento previsto en el artículo 45 del Reglamento (UE) Nº1169/2011, del Parlamento y del Consejo, de 25 de octubre, sobre la información facilitada al consumidor (RIAC).
En una primera evaluación del proyecto, la Comisión ha observado que el artículo 5 del proyecto notificado contiene información adicional voluntaria por la que los operadores de empresas alimentarias pueden complementar la indicación obligatoria prevista en el proyecto notificado. Por este motivo, la Comisión invita a las autoridades españolas a notificar el proyecto a través del procedimiento establecido en la Directiva (UE) 2015/1535.
8. El objeto principal de esta norma, es regular la indicación obligatoria del origen de la leche utilizada como materia prima en el etiquetado de la leche y los productos lácteos elaborados en España que se comercializan en el territorio español y, de acuerdo con el artículo 39 del RIAC, el proyecto ha seguido el procedimiento de notificación del artículo 45 del citado reglamento.
Adicionalmente, el artículo 5, recoge disposiciones relativas a la información adicional voluntaria, en concreto, sobre el lugar de procedencia regional o territorial que podrá completar las menciones obligatorias del origen previstas en el artículo 3 y los requisitos que tiene que cumplir esta información voluntaria. Ello ha motivado la notificación del proyecto por la Directiva 2015/1535, conforme a la solicitud de la Comisión Europea.
9. El Capítulo V del RIAC establece los requisitos generales aplicables a la información alimentaria voluntaria.
Las disposiciones sobre "información adicional voluntaria" del artículo 5 del proyecto notificado, obedecen a la necesidad de prever una serie de requisitos específicos para la indicación facultativa del nombre de una región o territorio que permitan evitar, en mayor medida, que esta información produzca confusión en los consumidores.
En este sentido, con independencia del cumplimiento del capítulo V del RIAC, el proyecto establece los siguientes requisitos para la información voluntaria del nombre de la región o territorio:
- la leche procederá enteramente de la región o territorio
- la región o territorio pertenecerán, inequívocamente, al país de origen de la leche indicado conforme al artículo 3.
- no coincidirá con un nombre protegido en virtud del Reglamento (UE) 1151/2012, para el mismo tipo de producto.
10. No existen textos de base
11. No
12. -
13. No
14. No
15. -
16. Aspecto TBT
NO - El proyecto no tendrá un efecto perceptible sobre el comercio internacional.
Aspecto SPS
NO - El proyecto no tendrá un efecto perceptible sobre el comercio internacional.
No - El proyecto no es una medida sanitaria ni fitosanitaria
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
Fax: +32 229 98043
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