Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2023) 3148
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2023/0636/SI
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20233148.ES
1. MSG 001 IND 2023 0636 SI ES 10-11-2023 SI NOTIF
2. Slovenia
3A. Slovenski inštitut za standardizacijo, Kontaktna točka, Ulica gledališča BTC 2, SI - 1000 Ljubljana, e-mail:contact@sist.si, tel. 386, 1 478 3065
3B. Ministrstvo za zdravje, Direktorat za javno zdravje, Štefanova ulica 5, SI - 1000 Ljubljana, tel. 386 1 478 6854
4. 2023/0636/SI - X60M - Tabaco
5. Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley sobre la restricción de los productos del tabaco y los productos relacionados
6. Productos del tabaco y los productos relacionados.
7.
8. El proyecto de Ley del artículo 3 de la Ley sobre la restricción de los productos del tabaco y los productos relacionados (ZOUTPI, por su versión en esloveno) complementa las definiciones de los cigarrillos electrónicos y los envases de recarga, de modo que también se refieran a los productos que no contienen nicotina. Todos los requisitos de la Directiva y la Ley sobre la restricción de los productos del tabaco y los productos relacionados (artículo 26) también se aplican a los cigarrillos electrónicos que no contienen nicotina y a los envases de recarga sin nicotina.
El artículo 3 de la Ley sobre la restricción de los productos del tabaco y los productos relacionados también complementa la definición de los productos a base de hierbas para fumar, de modo que, además del proceso de combustión, también incluya el proceso de calentamiento.
El artículo 26, apartado 3, de la Ley sobre la restricción de los productos del tabaco y los productos relacionados establece que el líquido o cualquier otro relleno con o sin nicotina utilizado en los cigarrillos electrónicos o en los envases de recarga no podrá contener ningún aromatizante que no sea el sabor o el olor a tabaco o mentol. Los aromatizantes o las sustancias que se permitirán en los cigarrillos electrónicos y en los envases de recarga los determinará el Ministro de Sanidad competente mediante normas que se adoptarán en un plazo de tres meses a partir de la entrada en vigor de la Ley.
9. La Directiva 2014/40/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de fabricación, presentación y venta de los productos del tabaco y los productos relacionados y por la que se deroga la Directiva 2001/37/CE (en lo sucesivo, «Directiva») deja a los Estados miembros la responsabilidad de la adopción de normas sobre el uso de aromatizantes en los cigarrillos electrónicos. Por lo tanto, el proyecto de Ley introduce la restricción de los aromatizantes en los cigarrillos electrónicos y sus líquidos, o en los envases de recarga. Siguiendo el ejemplo de Dinamarca y Estonia, se prohibirán todos los aromatizantes, excepto el sabor o el olor del tabaco o del mentol. Al limitar los aromatizantes en los cigarrillos electrónicos, queremos reducir su atractivo y proteger a todos, especialmente a los niños y a los adolescentes, del acceso a los cigarrillos electrónicos, protegiendo, así, también su salud, que puede estar en peligro por la inhalación de sustancias nocivas en el aerosol de los cigarrillos electrónicos. Los aromatizantes son uno de los factores clave en la selección de productos y la mayoría de los adolescentes comienzan a usar un producto que contiene aromatizantes. También reducen la percepción de nocividad y aumentan la disposición a probar el producto, haciendo que el aerosol sea más agradable de inhalar o que el producto sea más agradable de usar, lo que facilita empezar a utilizarlo y seguir haciéndolo. Cada vez más investigaciones demuestran que entre los adolescentes que por lo demás no fuman, el uso de un cigarrillo electrónico aumenta significativamente la probabilidad (hasta cuatro veces) de que también empiecen a fumar cigarrillos normales. Los aromatizantes hacen que los cigarrillos electrónicos se perciban erróneamente como menos nocivos que los cigarrillos tradicionales o incluso como inofensivos, lo que también se aplica a la percepción de los adultos. Los aromatizantes pueden tener graves efectos adversos para la salud, en particular en la salud respiratoria.
Los datos muestran que el porcentaje de consumidores de cigarrillos electrónicos en Eslovenia entre los adolescentes es significativo y muy superior al de los adultos. El seguimiento periódico de los datos correspondientes a Eslovenia de la encuesta internacional Health Behaviour in School-aged Children (HBSC), que se basa en una muestra representativa a escala nacional de alumnos de 11, 13 y 15 años, reveló que el consumo de cigarrillos electrónicos entre los jóvenes de 15 años que respondieron que los consumen actualmente aumentó del 1 % en 2014 al 17 % en 2022. Entre los adultos (18-74 años), una encuesta PANDA de 2022 mostró que el 7 % de los adultos utilizaban cigarrillos electrónicos en el momento de la encuesta, lo que es mucho menos que entre los jóvenes de 15 años. Los datos preliminares de la HBSC para 2022 muestran que incluso entre los niños de 11 años, el 3,6 % de los niños de 11 años han usado cigarrillos electrónicos en algún momento de sus vidas, y el 2,2 % de los niños de 11 años usaban cigarrillos electrónicos en el momento de la encuesta.
El uso de cigarrillos electrónicos se asocia con un mayor riesgo de enfermedades cardiovasculares, enfermedades respiratorias y cáncer. Además de la irritación de la boca y la garganta, la tos, las náuseas, el dolor de cabeza y la adicción a la nicotina, los efectos a corto plazo sobre la salud incluyen ataques epilépticos y daños pulmonares. En 2019, varios miles de personas en los Estados Unidos, principalmente jóvenes, sufrieron lesiones pulmonares agudas relacionadas con el uso de cigarrillos electrónicos, con numerosas muertes y graves consecuencias para la salud respiratoria.
Además de restringir los aromatizantes, estamos ampliando la definición de los cigarrillos electrónicos y los envases de recarga para líquidos a fin de incluir ahora los productos que no contienen nicotina. La definición modificada es necesaria para tratar por igual los cigarrillos electrónicos y los líquidos o envases de recarga con y sin nicotina (por ejemplo, en lo que respecta a la notificación oficial que debe presentarse seis meses antes de la introducción en el mercado prevista, su volumen, la prohibición de añadir vitaminas, la garantía de que estos productos no puedan ser utilizados por niños y otras disposiciones prescritas por la Directiva para los cigarrillos electrónicos y los envases de recarga de nicotina). El cambio mencionado es necesario debido al creciente uso de cigarrillos electrónicos entre niños y adolescentes y al uso cada vez mayor de líquidos o recargas que no contienen nicotina, pero sí diversos aromatizantes, que posteriormente se mezclan con el relleno o líquido de nicotina.
Además del proceso de combustión, se añade un proceso de calentamiento a la definición de productos a base de plantas para fumar, ya que cada vez aparecen en el mercado más productos a base de hierbas novedosos que no incluyen un proceso de combustión, sino que solo se calientan y, por lo tanto, no entran en la definición introducida por la Directiva para los productos a base de hierbas para fumar y, en consecuencia, no están sujetos a las restricciones de la Directiva y de la Ley sobre la restricción de los productos del tabaco y los productos relacionados (Boletín Oficial n.º 9/17 y n.º 29/17). Si no incluimos el proceso de calentamiento en la definición, habrá cada vez más productos a base de hierbas no regulados en el mercado que se calientan y que, por lo demás, no contienen tabaco, pero están impregnados de nicotina o contienen cannabis y no estarán sujetos, por ejemplo, a la prohibición de venta a menores y a todas las demás prohibiciones que ya se aplican a los productos del tabaco y a los productos a base de hierbas que implican un proceso de combustión. Con esta medida, queremos proteger especialmente a los niños y a los adolescentes del uso de productos novedosos y de volverse adictos a la nicotina que se agrega a estos productos.
Con las medidas mencionadas, daremos un paso importante hacia la realización de la visión a largo plazo de la Estrategia para una Eslovenia libre de tabaco, a saber, que Eslovenia será una sociedad libre de tabaco en 2040. Esto significa que la proporción de la población de 15 años o más que consumirá tabaco, productos relacionados y otros productos de nicotina no registrados como terapia de reemplazo de nicotina no superará el 5 %. Queremos contribuir a mejorar la salud de las personas y la sostenibilidad del sistema sanitario en el futuro.
10. Referencias a los textos de base:
11. No
12.
13. No
14. No
15. No
16.
Aspecto TBT:
El proyecto tiene un impacto significativo sobre el comercio internacional
Aspecto SPS: No
**********
Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
email: grow-dir2015-1535-central@ec.europa.eu