Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2024) 3225
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2024/0656/BG
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20243225.ES
1. MSG 001 IND 2024 0656 BG ES 04-12-2024 BG NOTIF
2. Bulgaria
3A. Министерство на икономиката и индустрията,
дирекция "Европейски въпроси и законодателство на ЕС за стоки и услуги",
ул. "Славянска" № 8, 1000 София,
Tel.: +359 2 940 7336, +359 2 940 7522
3B. Министерство на финансите,
Дирекция "Данъчна политика", отдел "Процесуално законодателство"
ул. "Г. С. Раковски" № 102, 1000 София,
Tel.: +359 2 9859 2881,
m.turlakov@minfin.bg
4. 2024/0656/BG - H10 - Juegos de azar
5. Modificación del Reglamento relativo a las condiciones y el procedimiento de registro e identificación de los participantes, el almacenamiento de los datos relativos a las apuestas en línea organizadas en el territorio de la República de Bulgaria y la presentación de información sobre los juegos de azar a un servidor del regulador
6. Transmisión de información sobre juegos de azar por parte de los operadores al regulador a efectos del cumplimiento de la legislación.
7.
8. En vista del aumento del volumen de datos presentados por los operadores de juegos de azar a través de la notificación XML, se ha detectado un riesgo creciente de fallos técnicos relacionados con el gran tráfico de paquetes de datos. A este respecto, se ha añadido un nuevo campo en los anexos 3, 4, 5 y 7 titulado «Número de secuencia de la parte del expediente presentada».
Por otro lado, existe una necesidad reconocida de unificación en la presentación de datos por parte de los operadores de juegos de azar que operan en otras jurisdicciones y los que se encuentran completamente en Bulgaria, particularmente en lo que respecta a la hora del día registrada para la presentación de datos. En la actualidad, existe una discrepancia en la configuración de tiempo utilizada para los informes XML enviados a un servidor de la Agencia Tributaria Nacional por los operadores de juegos de azar, lo que plantea un riesgo de interpretación incorrecta de la información. A este respecto, se ha añadido un campo titulado «Zona horaria EET/EEST» a los anexos 1, 2, 3, 3A, 4, 5, 6, 7, 7 bis y 8.
Con el fin de actualizar la información presentada al servidor de la Agencia Tributaria Nacional por los operadores de juegos de azar, se ha identificado la necesidad de aclarar el estado de los eventos completados que posteriormente se han cancelado como resultado de un cambio que se produjo durante o después de la finalización de un evento. A tal fin, se han añadido los anexos 3 bis y 7 bis a los artículos 8 y 9 del Reglamento sobre los datos presentados sobre eventos cancelados, en los que se establece que los datos sobre eventos cancelados deberán presentarse al final del período de notificación. En los anexos, se ha añadido el campo «Estado de operación», que contiene una lista completa de los estados de operación devueltos establecidos en el esquema de intercambio de datos XSD publicado en el sitio web de la Agencia Tributaria Nacional, tal como exige el Reglamento.
Se ha añadido una disposición que implica que los datos sobre eventos en curso deberán enviarse al servidor de la Agencia Tributaria Nacional después de recibir la solicitud en el CCS del operador de juegos de azar. Estos últimos datos deberán cargarse en el servidor de la Agencia Tributaria Nacional antes de que se complete el evento, ya que actualmente hay un retraso en la presentación de los datos, que no cumple los objetivos de esta funcionalidad.
Se prevé una adición para garantizar un acceso sin fisuras al servidor local de control para los operadores de juegos de azar en el curso de los procedimientos de control. A efectos de los procedimientos de control y de la verificación de la información presentada al servidor de la Agencia Tributaria Nacional, se regula la organización de las apuestas de control en tiempo real por parte de una autoridad de la Agencia Tributaria Nacional o bajo su supervisión en plataformas de operadores de juegos de azar en línea (nuevo artículo 15 bis).
Se prevé un cambio para sincronizar una disposición del Reglamento con una disposición del Reglamento n.º H-4, de 11 de febrero de 2021, sobre las circunstancias sujetas al registro, las condiciones y los procedimientos para llevar y mantener los registros en virtud de la Ley de juegos de azar, así como los servicios electrónicos prestados.
Se prevén cambios para especificar los pasos que deben seguirse en los procedimientos de aprobación de los sistemas para la presentación automatizada de información sobre juegos de azar a un servidor de la Agencia Tributaria Nacional.
También se especifican los casos en los que los operadores de juegos de azar que envían datos al servidor de la Agencia Tributaria Nacional deben presentar una solicitud de aprobación de los sistemas para la presentación automatizada de información sobre juegos de azar a un servidor de la Agencia Tributaria Nacional.
También se regulan las acciones de los operadores de juegos de azar y del regulador en relación con la verificación del envío automatizado de datos al servidor de la Agencia Tributaria Nacional en los casos en los que se realice un cambio en la licencia emitida, relacionado con el aumento o la sustitución del «software» de juegos de azar de conformidad con el artículo 38 de la Ley de juegos de azar.
9. Durante el período de tres años de aplicación del Reglamento, se ha producido un desarrollo dinámico en el mercado de las actividades de juego, especialmente en el ámbito de los juegos de azar en línea. Como resultado, el volumen de datos que los operadores de juegos de azar en línea presentan al regulador, tal como exige el Reglamento, ha aumentado de forma considerable. Esto crea un riesgo de fallos técnicos asociados con el tráfico de paquetes de datos grandes. Con la implementación práctica del Reglamento, surgió la necesidad de ajustar los requisitos técnicos para los operadores de juegos de azar, como la unificación en la presentación de datos por parte de los operadores de juegos de azar que operan en otras jurisdicciones y los que se encuentran completamente en Bulgaria, con respecto a la hora del día, la aclaración con respecto al estado de los eventos completados que posteriormente se cancelan como resultado de un cambio que se produjo durante o después de la finalización de un evento, especificando los pasos que deben seguirse en los procedimientos para la aprobación de los sistemas para la presentación automatizada de información de juegos de azar a un servidor del regulador.
La especificidad de los juegos de azar en línea, que no están sujetos a requisitos de disponibilidad de locales y personal para recibir apuestas y cuyos sistemas y servidores se encuentran en muchos casos fuera del territorio del país, también da lugar a la necesidad de métodos eficaces de control por parte de la Agencia Tributaria Nacional para garantizar el cumplimiento de los requisitos de la Ley de juegos de azar y sus reglamentos de aplicación, incluida la aplicación de las normas de este Reglamento. En este sentido, el proyecto propone que cuando se realicen apuestas de cheques en los juegos de azar en línea, después de revelar al operador de juegos de azar que se ha realizado una apuesta de cheques, el operador deberá reembolsar el importe de la apuesta a la Agencia Tributaria Nacional, y si se obtiene un beneficio, no se pagará.
10. Referencias a los textos de base: Los textos de base se comunicaron en el marco de una notificación anterior:
2020/0796/BG
11. No
12.
13. No
14. No
15. No
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS: No
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
email: grow-dir2015-1535-central@ec.europa.eu