Mensaje 001
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2026) 2308
Directiva (UE) 2015/1535
Notificación: 2026/0439/LT
Notificación de un proyecto de texto de un Estado miembro
Notification – Notification – Notifzierung – Нотификация – Oznámení – Notifikation – Γνωστοποίηση – Notificación – Teavitamine – Ilmoitus – Obavijest – Bejelentés – Notifica – Pranešimas – Paziņojums – Notifika – Kennisgeving – Zawiadomienie – Notificação – Notificare – Oznámenie – Obvestilo – Anmälan – Fógra a thabhairt
Does not open the delays - N'ouvre pas de délai - Kein Fristbeginn - Не се предвижда период на прекъсване - Nezahajuje prodlení - Fristerne indledes ikke - Καμμία έναρξη προθεσμίας - No abre el plazo - Viivituste perioodi ei avata - Määräaika ei ala tästä - Ne otvara razdoblje kašnjenja - Nem nyitja meg a késéseket - Non fa decorrere la mora - Atidėjimai nepradedami - Atlikšanas laikposms nesākas - Ma jiftaħx il-perijodi ta’ dewmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Nu deschide perioadele de stagnare - Nezačína oneskorenia - Ne uvaja zamud - Inleder ingen frist - Ní osclaíonn sé na moilleanna
MSG: 20262308.ES
1. MSG 001 IND 2026 0439 LT ES 18-08-2026 LT NOTIF
2. Lithuania
3A. Lietuvos akreditacijos ir standartizacijos agentūra
Mindaugo g. 12, 03225 Vilnius
Tel. +370 630 66782
Elektroninis paštas info@lasa.gov.lt
3B. Lietuvos Respublikos finansų ministerija
Lukiškių g. 2, 01512 Vilnius
Tel. +370 5 239 0000
Elektroninis paštas finmin@finmin.lt
4. 2026/0439/LT - H10 - Juegos de azar
5. Proyecto de Ley n.º XVP-1690 por la que se modifica la Ley n.º IX-325 de la República de Lituania sobre los juegos de azar
6. Juegos de azar a distancia, tarjeta del jugador, sistema de control de máquinas de juegos de azar
7.
8. El proyecto establece una serie de requisitos que afectan a la prestación de servicios de juegos de azar a distancia y a los sistemas de información relacionados: la integración obligatoria de la tarjeta del jugador y el sistema de registro central, los requisitos de intercambio de datos en tiempo real para los juegos de azar a distancia, la regulación de los tipos de juegos de azar a distancia y sus características técnicas de funcionamiento, el mecanismo de bloqueo de sitios web y los requisitos para los sistemas de información destinados a la prestación de servicios de juegos de azar a distancia.
Sistema de tarjetas del jugador: Está previsto introducir una tarjeta de jugador obligatoria para todos los jugadores, tanto en los lugares de juego físicos como en los juegos de azar a distancia. Los operadores de juegos de azar tendrán que verificar, en tiempo real y a través de un sistema gestionado por la Autoridad de Control, el derecho del jugador a participar en el juego de azar antes de permitirle hacerlo. El sistema funcionará a través de un registro centralizado de identificadores de jugadores, límites de juego y restricciones temporales.
Requisitos técnicos y funcionales para los operadores de juegos de azar: Los operadores de juegos de azar deberán integrar sus sistemas con el sistema de tarjetas de jugador gestionado por la Autoridad de Control, llevar a cabo el intercambio de datos en tiempo real, verificar la identidad del jugador y su derecho a participar en los juegos de azar antes de cada sesión de juego, y garantizar el control de los límites de juego en todo el sector.
Regulación de los tipos de juegos de azar a distancia: El proyecto de Ley especifica los tipos de juegos de azar a distancia y sus características a nivel legislativo, incluidos los «juegos con crupier en directo», cuya definición es nueva. Establece los criterios para clasificar dichos juegos como pertenecientes a determinados tipos de juegos.
Compras simuladas de servicios de juegos de azar a distancia: Está previsto conceder a la autoridad de control el derecho a realizar compras simuladas de servicios de juegos de azar a distancia utilizando medios técnicos automatizados, scripts de software y herramientas de prueba.
Bloqueo de sitios web que contienen anuncios de juegos de azar prohibidos: El proyecto propone introducir un mecanismo que permita a la Autoridad de Control del Juego, basándose en instrucciones obligatorias, bloquear los sitios web en los que se publique publicidad de juegos de azar ilegales, incluso si dichos sitios web no ofrecen ellos mismos juegos de azar.
Términos clave: juegos de azar a distancia, tarjeta de jugador, control de los juegos de azar
9. El proyecto tiene por objeto reforzar la protección de los jugadores, reducir el riesgo de ludopatía y los daños asociados, garantizar una supervisión más eficaz de los juegos de azar a distancia y crear las condiciones necesarias para una prevención más eficaz del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. El proyecto se ha elaborado teniendo en cuenta que el marco jurídico vigente no garantiza una aplicación suficientemente eficaz de los límites y restricciones establecidos por el jugador en todos los operadores de juegos de azar, lo que permite eludir las medidas de juego responsable mediante el uso de los servicios de varios operadores de juegos de azar. Por esta razón, es necesario introducir medidas que garanticen la protección efectiva de los jugadores y la aplicación uniforme de los requisitos reglamentarios en todo el sector.
9 bis. Idoneidad de las medidas para alcanzar los objetivos perseguidos
El principal problema abordado por el reglamento es que actualmente las medidas de juego responsable y los límites establecidos por el jugador se aplican a nivel de un operador de juego individual. Tal sistema no garantiza la posibilidad de controlar las actividades del jugador en todo el sector de los juegos de azar con licencia y no impide que el jugador eluda las restricciones aplicables. Por consiguiente, las medidas existentes no garantizan el nivel de protección deseado para los jugadores. Las medidas propuestas en el proyecto contribuyen directamente a la consecución de los objetivos fijados, ya que permiten garantizar la identificación efectiva de los usuarios, así como la aplicación de restricciones y el control del juego en todo el sector, y no únicamente dentro del sistema de un operador concreto. Esto crea las condiciones necesarias para una protección más eficaz de las personas vulnerables y garantiza el cumplimiento uniforme de los requisitos legales. Los objetivos de interés público perseguidos por el proyecto se aplicarán de manera coherente y sistemática. Las medidas propuestas conforman un marco normativo coherente en el que la protección de los jugadores, las medidas de juego responsable, la supervisión de los juegos de azar a distancia y los objetivos de lucha contra el blanqueo de capitales están interrelacionados y se complementan entre sí.
9 ter. Necesidad
El impacto previsto en el mercado interior es limitado. Las medidas se aplican por igual a todos los operadores de juegos de azar con licencia, independientemente del país en el que estén establecidos; por lo tanto, no son discriminatorias y no confieren ninguna ventaja competitiva a los operadores nacionales. Los requisitos se refieren a la aplicación de las medidas de protección establecidas en la legislación y están directamente relacionados con el ejercicio de las actividades reguladas. Las normas jurídicas aplicables no son suficientes para alcanzar los objetivos perseguidos, ya que no permiten la aplicación efectiva de las restricciones a los jugadores y las medidas de juego responsable entre los diferentes operadores de juegos de azar. El sistema actual permite a los jugadores eludir los límites individuales y, por lo tanto, no ofrece una protección suficiente frente a los riesgos de la ludopatía. Durante la elaboración del proyecto, se barajó la posibilidad de seguir aplicando un modelo descentralizado, en el que cada operador de juegos de azar gestione de forma independiente las medidas de juego responsable. Esta opción se ha descartado, ya que no permite un control eficaz en todo el sector y no aborda el problema detectado. Se considera que el modelo normativo elegido es la medida menos restrictiva: la norma no crea unos mecanismos de acceso o control de datos más amplios de lo necesario para alcanzar el objetivo legítimo perseguido, consiguiendo un equilibrio entre los intereses de la protección de los jugadores, la protección de los datos personales y la competencia leal.
9 quater. Una carga excesiva en relación con el objetivo perseguido
Los requisitos impuestos serán proporcionales a la importancia de los objetivos de interés público perseguidos. La ludopatía puede acarrear importantes consecuencias negativas a nivel social, económico y sanitario, tanto para el jugador como para sus familiares, mientras que un control inadecuado del juego aumenta los riesgos asociados al blanqueo de capitales. Dada la naturaleza de estos riesgos y sus posibles consecuencias, se considera que las medidas propuestas están justificadas. Una evaluación del impacto de las medidas en el mercado interior ha demostrado que las restricciones que imponen no van más allá de lo necesario para alcanzar los objetivos legítimos. Los requisitos se aplican por igual a todos los participantes en el mercado, están objetivamente justificados y sirven para proteger a los consumidores y salvaguardar el interés público. Las consecuencias de no alcanzar los objetivos de interés público serían más significativas que el impacto limitado en el mercado interior. De no adoptarse las medidas propuestas, seguiría existiendo la posibilidad de eludir las medidas de juego responsable, se vería mermada la eficacia de la protección de los jugadores y no se garantizaría suficientemente la supervisión efectiva del sector del juego.
10. Referencias de los documentos de base:
11. No.
12.
13. No.
14. No
15. No
16.
Aspecto TBT: No
Aspecto SPS: No
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Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
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