Mensaje 002
Comunicación de la Comisión - TRIS/(2020) 00855
Directiva (UE) 2015/1535
Traducción del mensaje 001
Notificación: 2020/0111/D
No abre el plazo - Nezahajuje odklady - Fristerne indledes ikke - Kein Fristbeginn - Viivituste perioodi ei avata - Καμμία έναρξη προθεσμίας - Does not open the delays - N'ouvre pas de délais - Non fa decorrere la mora - Neietekmē atlikšanu - Atidėjimai nepradedami - Nem nyitja meg a késéseket - Ma’ jiftaħx il-perijodi ta’ dawmien - Geen termijnbegin - Nie otwiera opóźnień - Não inicia o prazo - Neotvorí oneskorenia - Ne uvaja zamud - Määräaika ei ala tästä - Inleder ingen frist - Не се предвижда период на прекъсване - Nu deschide perioadele de stagnare - Nu deschide perioadele de stagnare.
(MSG: 202000855.ES)
1. MSG 002 IND 2020 0111 D ES 10-03-2020 D NOTIF
2. D
3A. Bundesministerium für Wirtschaft und Energie, Referat E B 2, 11019 Berlin,
Tel.: 0049-30-2014-6353, Fax: 0049-30-2014-5379, E-Mail: infonorm@bmwi.bund.de
3B. Bundesministerium für Ernährung und Landwirtschaft, Referat 215, 10117 Berlin,
Tel.: 0049-30-18-529-3155, Fax: 0049-30-18-529-4549, E-Mail: 215@bmel.bund.de
4. 2020/0111/D - C60A
5. Primer Decreto de modificación del Decreto de Ejecución sobre información alimentaria
6. El proyecto de Decreto se refiere al etiquetado de los alimentos.
7. - Reglamento (CE) n.º 1924/2006 relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos.
8. El objetivo del presente Decreto consiste en crear la base jurídica nacional para el etiquetado voluntario de los alimentos con la etiqueta Nutri-Score, de conformidad con el Derecho de la Unión subyacente.
Nutri-Score es un logotipo para el etiquetado nutricional ampliado. Una escala de cinco niveles, de «A» a «E», muestra un valor total para el valor nutricional de un producto. Para ello, se tiene en cuenta el número de calorías y diferentes valores nutricionales.
Nutri-Score es una marca colectiva de la Unión Europea registrada en la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea. El propietario de la marca es la Agencia Nacional de Salud Pública francesa (en francés, Agence nationale de la santé publique; Santé publique France). Esta Agencia ha establecido condiciones de uso para la utilización de la marca, que también incluyen el registro.
Mediante una cláusula de reserva, el proyecto de Decreto crea la base jurídica en materia de etiquetado de productos alimenticios para la autorización del uso voluntario de la etiqueta Nutri-Score en Alemania.
Las reglamentaciones jurídicas en materia de marcas ya aplicables permanecen inalteradas. A efectos aclaratorios, el proyecto de Decreto señala que, para el uso de la marca en Alemania, deberán conseguirse los permisos requeridos en virtud del derecho en materia de marcas y observarse las condiciones de uso del propietario de la marca.
Las publicaciones de textos en alemán de los documentos franceses relevantes tienen por objeto facilitar la participación, especialmente de las pequeñas y medianas empresas, en el sistema. Las publicaciones sirven como ayuda; y las versiones en el idioma del propietario de la marca que sean pertinentes, en particular en virtud del derecho en materia de marcas, seguirán siendo vinculantes jurídicamente.
Palabras clave: etiquetado, productos alimenticios, etiquetado nutricional, Nutri-Score.
9. En el marco de su política de alimentación saludable, Alemania estableció el objetivo de seguir desarrollando el etiquetado nutricional para Alemania. El etiquetado nutricional simplificado facilitará las elecciones saludables por parte de los consumidores. Los consumidores deberán ser capaces de obtener información sobre las propiedades nutricionales de un alimento de forma sencilla y comprensible.
Amplios estudios han examinado tanto las cuestiones nutricionales como la comprensión y percepción del consumidor. En su informe preliminar sobre la descripción y evaluación de los modelos seleccionados de etiquetado nutricional frontal («Front of Pack»), el Instituto Max Rubner, el Instituto Federal de Investigación para la Nutrición y los Alimentos, declaró que el etiquetado Nutri-Score tiene como base principios válidos desde el punto de vista nutricional (https://www.bmel.de/SharedDocs/Downloads/Ernaehrung/Kennzeichnung/MRI-Bericht-Naehrwertkennzeichnungs-Modelle.pdf?__blob=publicationFile). En una investigación de consumo, la Info-GmbH llegó a la conclusión de que, en comparación con los modelos examinados, el etiquetado de Nutri-Score que mejor se percibe y comprende (https://www.bmel.de/SharedDocs/Downloads/Ernaehrung/Kennzeichnung/Ergebnisbericht-Repr%C3%A4sentativerhebung-TeilA_eNWK.pdf?__blob=publicationFile). El proceso fue acompañado por consultas de representantes del sector económico, de los consumidores y de la salud.
Según la interpretación jurídica generalizada, Nutri-Score, mediante el uso del color verde y verde claro, constituye una declaración nutricional conforme al artículo 2, apartado 2, punto 4, del Reglamento (CE) n.º 1924/2006 relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos (Reglamento relativo a las declaraciones nutricionales). A falta de una autorización europea, el uso de Nutri-Score en Alemania, que tiene en cuenta dicha interpretación, requiere una reglamentación que se haya sometido al procedimiento de notificación de conformidad con el artículo 23 del Reglamento relativo a las declaraciones nutricionales.
Los estudios han demostrado que la tabla nutricional es demasiado compleja para ciertos grupos de personas. Para llegar también a estos grupos de personas en particular y sensibilizarlos para una dieta equilibrada, es necesario un etiquetado nutricional más desarrollado (https://www.bmel.de/SharedDocs/Downloads/Ernaehrung/Kennzeichnung/Ergebnisbericht_Fokusgruppenbefragung_TeilB_eNWK.pdf?__blob=publicationFile).
El proyecto de Decreto se elaboró teniendo en cuenta las disposiciones del Reglamento (UE) n.º 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor.
10. Referencia a los textos de base: Decreto de Ejecución sobre información alimentaria
https://www.gesetze-im-internet.de/lmidv/BJNR227210017.html
11. No
12. -
13. No
14. No
15. -
16. Acuerdo OTC
No. El proyecto no tiene ningún efecto significativo sobre el comercio internacional.
Acuerdo MSF
No. El proyecto no constituye una medida de política sanitaria ni fitosanitaria.
**********
Comisión Europea
Punto de contacto Directiva (UE) 2015/1535
Fax: +32 229 98043
email: grow-dir2015-1535-central@ec.europa.eu